El Gobierno nacional publicó este viernes un decreto para implementar la reestructuración del Fondo Nacional de las Artes. "Necesitaba un importante rediseño", señaló el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, quien dio a conocer los principales cambios en la organización.

El decreto 1029/24 lleva la firma del presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos. En tanto, Sturzenegger anunció en sus redes sociales la puesta en marcha de "una profunda reestructuración del Fondo Nacional de la Artes"

El funcionario señaló: "La organización necesitaba un importante rediseño: cobra derechos de autor de obras universales pero gasta una proporción inaceptable de esos recursos en sí misma; así un organismo que se suponía que debía ayudar al arte en la práctica con los años fue convirtiéndose en una carga para el sector".

"En 2023 el FNA destinó ¡el 72% de su presupuesto (financiado por los usuarios de la cultura) a gastos de funcionamiento!", sentenció en su posteo en la red X.

"El Secretario de Cultura @leocifelli no se mantuvo inactivo ante este diagnóstico. El Consejo Directivo de 14 personas pasó a ser ad honorem (el kirchnerismo le había asignado abultados sueldos). Además, redujo el 25% la nómina de personal, generando una estructura más eficiente y profesional", agregó el funcionario.

"En definitiva, la actividad principal del FNA será ofrecer oportunidades y financiamiento pero no regalar dinero. Se busca un FNA sustentable en beneficio de los artistas y no de la burocracia", cerró el posteo.

Otorgamiento de créditos, becas o subsidios

En detalle, Sturzenegger explicó que el decreto "limita el uso de los fondos al otorgamiento de créditos a los artistas que, además, serán denominados en UVAs a fin de evitar la licuación del capital". Además agregó que la medida habilita las "donaciones privadas que, junto a las ganancias financieras de los créditos, serán los únicos recursos que podrán usarse para otorgar becas o subsidios".

El decreto del Gobierno comprende por "actividades artísticas y literarias" a; las artes plásticas, la arquitectura y el urbanismo en sus aspectos exclusivamente estéticos, las actividades de teatrales definidas en el artículo 11 del Decreto-Ley N° 1251/58; la cinematografía; la radiofonía; la televisión; la música; la danza; las letras; las artes aplicadas y las expresiones folclóricas.

Una vez delimitado qué tipo de práctica puede acceder al FNA, el oficialismo dictaminó que "el instrumento primario de promoción del Fondo Nacional de las Artes será el otorgamiento de créditos". Además, detalló: "En todos los casos, el otorgamiento estará condicionado a que no se desvirtúe, durante el proceso de utilización de los inmuebles y maquinarias construidas o adquiridas, las altas finalidades de superación artística que persigue la creación del Fondo Nacional de las Artes".